Solicitud de autorización de licencia de bingos, rifas y sorteos

Procedimiento del trámite

Descripción del trámite

Trámite en línea para realizar: Solicitud de Autorización de Licencia de Bingos, Rifas y Sorteos

Pasos para realizar el trámite

PASO 1. Descargar el formulario del trámite en el siguiente link:

PASO 2. Imprimir y rellenar el formulario con los datos solicitados.

PASO 3. Crear un expediente que incluya los documentos indicados en el formulario. El expediente deberá presentarse foliado. No se admitirán expedientes incompletos.

PASO 4. Escanear el formulario y los documentos que conforman el expediente, de preferencia en un sólo archivo en formato pdf o zip.

PASO 5. Hacer clic en el link « Nuevo Trámite » . Se le pedirá ingresar sus datos generales, correo electrónico, teléfono y adjuntar el archivo con los documentos solicitados en el pasos 4.

PASO 6. Luego de ingresar los datos solicitados y adjuntar los documentos requeridos, hacer clic en el botón « Enviar Solicitud ».

PASO 7. Deberá esperar su respuesta, se le notificará por medio de correo electrónico y/o  por vía telefónica.

Requisitos

  1. Solicitud dirigida al Sr. Gobernador Departamental que contenga:
    • A beneficio de que se realizará la Rifa o Sorteo.
    • Indicar modalidad y funcionamiento
    • Mecánica y procedimiento
    • Estructura y combinación de los premios
    • Detalle de los números, cantidad de números imprimir, cantidad de talonarios, valor de los premios
    • Periodo de duración
    • Datos de lugar, fecha y hora del sorteo o rifa.

  2. La solicitud deberá adjuntar la documentación siguiente:
    • Copia legalizada del acta o escritura constitutiva debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
    • Personería Jurídica de la entidad
    • Fotocopia del DPI del Representante legal de la entidad (documentos de Asociaciones o Fundaciones, Instituciones Públicas o privadas, COCODES, Comités Varios, ONG’S, Iglesias, Establecimientos educativos)
    • Fotocopia simple de la patente de comercio de la empresa, inscripción en el Registro correspondiente y RTU (documentos si son Centros Comerciales).

  3. Las facturas debe contener (valor de los objetos y cantidad de los objetos.

  4. Si son donaciones cartas de donación autenticada por un abogado y fotocopia de DPI del donador.

  5. Luego de ser autorizada con la resolución correspondiente debe cumplir con lo siguiente: Pago de fianza por el valor de los premios (BANCO DEL SISTEMA NACIONAL), al momento de tener los números impresos deberá ser presentados ante esta Gobernación para que sean sellados respectivamente,

  6. En el momento de realizar la Rifa deberá suscribirse un acta notarial. (WEl abogado será buscado por la Gobernación pero cancelado por la Institución responsable del evento).

  7. Luego de haber realizado el sorteo o rifa deberá presentar la documentación siguiente:
    • Acta notarial extendida por el abogado y notario, en la cual detalle el nombre del ganador, número de DPI, premio ganado y número premiado.
    • Ticket o cupón ganador
    • Fotocopia del DPI del ganador
    • Pago de impuesto respectivo SAT.

  8. En caso de incumplimiento se le sancionara con forme a la Ley.

  9. Si por algún inconveniente el sorteo o rifa no se realizará en la fecha indicada según resolución extendida por esta Gobernación Departamental, deberá presentar solicitud de prórroga del cambio de fecha con 15 días antes de la fecha programada, dejando claro que únicamente se permite la solicitud de una prórroga.

Costo    Q 0.00

Tiempo de Respuesta    30 días.

Tipo de Documento    Constancia de Autorización    

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